Detectores de humo
Los detectores de humo son obligatorios según la ley estatal u órdenes locales. La ley de Texas en cuanto a los detectores de humo se describe en el Código de Propiedad desde 92.251 a 92.264. Puedes aprender más sobre esto con este video. La ley de Texas gobierna, pero las ciudades pueden establecer ordenanzas conformes a la ley de Texas o con disposiciones de ejecución adicionales. Para más información acerca de si su comunidad ha adoptado dichas ordenanzas, consulte los códigos locales de construcción, incendios o vivienda. Con algunas excepciones, debe haber mínimo un detector de humo instalado por el propietario afuera de cada recámara.
Si hay varias recámaras sobre el mismo pasillo, puede instalarse un detector de humo en el pasillo en proximidad inmediata de las recámaras. En un departamento pequeño donde se usa el mismo cuarto para comer, estar y dormir, el detector de humo debe estar instalado adentro en vez de afuera del cuarto. Si hay una recámara arriba del área de cocina o de estar, debe instalarse un detector en el techo de la escalera.
Los detectores de humo deben instalarse en el techo o la pared. Los detectores de humo instalados en el techo deben estar a más de seis pulgadas de la pared. Los detectores de humo instalados en la pared deben estar a entre seis y 12 pulgadas del techo.
Si el detector de humo deja de funcionar y el propietario lo sabe, el propietario no tiene que hacer nada al respecto a menos que usted, el inquilino, le entregue al propietario una solicitud de reparación Y esté al corriente con el pago de su renta. Si no hay un detector de humo instalado adecuadamente en su vivienda, solicite al propietario, por medio de una notificación escrita, que lo reinstale.
Es el deber del propietario inspeccionar y reparar
El propietario debe probar el detector de humo al iniciar su tenencia (o al instalarlo). Después de que usted se instale en su nueva vivienda, el propietario sólo está obligado a inspeccionar o arreglar el detector de humo si usted le entrega al propietario una notificación acerca de un problema, o si solicita por escrito que el propietario realice una inspección o reparación.
El propietario tiene un «plazo razonable» de tiempo para inspeccionar y reparar el detector de humo. El plazo que se considera «razonable» depende de la disponibilidad de materiales, mano de obra, y servicios públicos. Un propietario no tiene que inspeccionar o reparar un detector de humo que haya sido dañado por el inquilino o su familia o invitados, a menos que el inquilino pague por adelantado un costo razonable de reparación o reemplazamiento. El propietario tampoco está obligado a proporcionar baterías de reemplazo para un detector de humo de baterías, siempre y cuando el detector de humo haya estado funcionando cuando llegó el inquilino.
Mi arrendador no está arreglando el problema con el detector de humo
Si le pide a su arrendador que instale, inspeccione o repare un detector de humo en su departamento y no lo hace tras un plazo razonable, usted puede darle a su arrendador otra notificación escrita que diga,
«En caso de no cumplir con mi solicitud de la [instalación, inspección o reparación] de un detector de humo en menos de siete días, podré verme obligado a ejercer las medidas provistas en el Código de Propiedad de Texas.»
Si su arrendador no instala, inspecciona o repara un detector de humo adecuadamente en menos de siete días a partir de la emisión de su notificación, la Sección 92.260 del Código de Propiedad permite al inquilino levantar una demanda contra el propietario o finalizar (cancelar) el contrato de alquiler de manera legal sin procesos judiciales.
Para tener éxito ante el tribunal, debe estar al corriente con el pago de su renta desde el momento en que entregue al propietario la primera notificación. Si el daño al detector de humo fue causado por usted o su familia o invitados, también debe haberle pagado al propietario con anterioridad los gastos razonables de la reparación o reemplazo del detector de humo. Si usted inicia procesos judiciales contra el propietario, puede ser acreedor a: (1) una orden judicial que indique al propietario que cumpla con su solicitud; (2) una orden judicial adjudicándole a usted un pago por daños que hayan resultado por la falta de instalación, reparación o inspección del detector de humo por parte del propietario; (3) un pago de un mes de renta más $100 como sanción civil contra el propietario; (4) gastos judiciales; y (5) honorarios de abogado en una demanda para obtener una orden judicial que indique al propietario que cumpla con su solicitud o en una demanda para obtener una sentencia contra el propietario por una sanción civil. Ver Sección 92.260 del Código de Propiedad de Texas.